La intendenta de La Matanza, Verónica Magario, celebró la aprobación de la modificación de la Ley Electoral que otorga una ampliación de derechos al establecer un cupo femenino del 50 por ciento en los cargos electivos de cuerpos colegiados bonaerense.
La ley que asegura equidad de género en el armado de listas electorales, de ser reglamentada por la gobernadora María Eugenia Vidal, comenzará a funcionar en las elecciones del año próximo. La igualdad de género estará asegurada en la cámara de diputados y senadores bonaerense, los concejos deliberantes y los consejos escolares de la provincia de Buenos Aires.
Por Ángela Tobar
tobarb.a@gmail.com
La Cámara de Diputados bonaerense aprobó la semana pasada el proyecto de ley que establece la paridad de género en la conformación de las listas electorales para la provincia de Buenos Aires, por lo que deberán estar compuestas en igual proporción de hombres y mujeres. Esta nueva ley de paridad de género establece un avance histórico en materia de igualdad de género, la mujer siempre fue relegada del espacio político y su presencia fue, hasta ahora, limitada pese a la existencia desde 1991, de la ley de cupo, que obligaba a incluir un piso del 30 por ciento de mujeres, pero en la práctica la mayoría de las mujeres electas presentaban su renuncia para ser reemplazadas en el cargo por un hombre.
Consultada en este punto, la intendenta de La Matanza, Verónica Magario celebró la aprobación y lo marcó como un “avance histórico” a favor de los derechos de la mujer: “Estamos contentas todas las mujeres, porque entendemos que es muy importante ese reconocimiento en la vida política” y agregó “es importante en todos los órdenes de la vida, son tiempos también de estar par a par”.
La paridad será aplicable a la totalidad de la lista, titulares y suplentes, mientras que cuando la nómina sea un número par deberán efectuar la postulación en forma alternada y cuando sea un número impar, el último cargo podrá ser cubierto indistintamente.
De esta manera, las elecciones legislativas a realizarse el próximo año marcarán una ruptura de paradigma en cuanto al armado de las nóminas, cada Partido Político deberá presentar una lista integrada por una mujer y un hombre, obteniendo como resultado una integración del 50 por ciento, de cada género. Una y uno.
Este avance se ajusta a la reforma política iniciada este año y en la que ya se cuenta con el límite a la reelección indefinida de intendentes, legisladores, concejales y consejeros escolares aprobada en agosto pasado.
Qué dice la Ley
Artículo 1: La presente ley tiene el objeto de incorporar la participación política equitativa entre géneros para todos los cargos públicos efectivos de la provincia de Buenos Aires.
Artículo 2: Modifica el artículo 32 de la ley 5109 que quedará redactado de la siguiente manera: “Otorgada la personería jurídica a un Partido Político, la Junta Electoral oficializará sus listas de candidatos, conforme a las disposiciones legales pertinentes, la que deberán respetar para los cargos de cuerpos colegiados en todas las categorías, una equivalencia del 50 por ciento del sexo femenino y otro 50 por ciento del sexo masculino. Este porcentaje será aplicable a la totalidad de la lista la que deberá cumplir con el mecanismo de alternancia y secuencialidad entre sexo por binomio (mujer hombre u hombremujer). Cuando se trate de nóminas impares la diferencia entre hombres y mujeres no podrá ser superior a uno.
El artículo 3 marca que en caso de renuncia, fallecimiento o incapacidad sobreviniente del candidato asume el siguiente de la lista respetando la paridad.
El artículo 5: El género del candidato está determinado por su DNI independientemente de su sexo biológico.
Avance histórico
En 1912, la Ley Sáenz Peña, estableció el voto “universal”, secreto y obligatorio, pero era exclusivo para los hombres y dejó afuera a la mitad de la población, por el hecho de pertenecer al género femenino.
En 1947, la Ley 13.010 se apuntó a una igualdad cívica, en el que las mujeres adquieren el derecho a votar y a ser elegidas, pero en la práctica el género femenino no integraba las nóminas de los partidos políticos. Un avance legal que no se hizo efectivo en la vida electoral de la época.
En 1991, la Ley 24.012 denominada de cupo femenino. Argentina fue el primer país en aprobar este tipo de normativas miradas como una discriminación positiva favor de las mujeres. Se estableció la obligatoriedad a los partidos políticos de incorporar un mínimo de 30 por ciento de mujeres en sus listas electorales. De todas maneras, en la práctica, las candidatas electas femeninas terminaban presentando la renuncia de su cargo para que asuma el siguiente de la lista, que pertenecía al género masculino. Por lo que la ley no logró restituir eficientemente el derecho de las mujeres a acceder a cargos públicos y ser protagonistas activas en la vida política.
En 2016, es ley el proyecto que establece la equidad de género en el armado de listas para acceder a cargos públicos en la provincia de Buenos Aires. Una modificatoria de la ley electoral que sin dudas modifica el armado de las listas. La normativa marca que los partidos políticos deben presentar la nómina a competir, con una representación del 50 por ciento de mujeres alternadas una y uno con los hombres, lo que garantizará la equidad de género en la Legislatura bonaerense, los concejos deliberantes y los consejos escolares. Lo destacable que le da compromiso a la ley es que en caso de renuncia, el cargo deberá ser asumido por un representante de la lista del mismo sexo. Otro de los avances en materia de inclusión es que se tomará el género determinado por el DNI y no el biológico.
Desde el 2017, juntos a la par
En el gabinete de (María Eugenia) Vidal sólo hay una mujer entre los diecinueve ministerios y secretarías más importantes. En el de Macri hay tres mujeres sobre veintiún puestos. Entre los 135 municipios de la provincia de Buenos Aires sólo hay cuatro intendentas, una de ellas es de La Matanza. En el país hay solo una mujer jueza entre los cinco cargos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y para las dos vacantes nuevas nombraron varones. En la unificada CGT hay dos espacios ocupados por mujeres sobre veinticuatro cargos. En el concejo deliberante local hay siete mujeres sobre 17 hombres.