La nueva normativa aprobada el año pasado, sustituye a la ley 11.757, sancionada en 1996 y apunta principalmente a restaurar derechos y garantías eliminados en los años noventa. Entre la ampliación de derechos se destaca que los trabajadores municipales podrán llevar a cabo, por primera vez, las negociaciones paritarias.
Además ofrece garantías de estabilidad laboral, garantiza el salario mínimo, vital y móvil, y en el plano familiar extiende las licencias por maternidad, paternidad, adopción, enfermedad y días de estudio.
Por Ángela Tobar
atobar@periodicosic.com.ar
Las negociaciones paritarias municipales en el Distrito de La Matanza, se discutirían en las próximas semanas, la nueva Ley de Relaciones Laborales y Negociación Colectiva de los Trabajadores Municipales de la Provincia de Buenos Aires, aprobada en noviembre del 2014, tiene como eje implementar nuevas relaciones laborales para los municipios y establecer por primera vez el sistema de paritarias para la negociación salarial, entre otras mejoras para el trabajador.
El secretario general del Sindicato de Trabajadores de La Matanza, Rubén Paulillo, aseguró a un portal de noticias que “a partir de febrero, comenzaremos las negociaciones que seguramente nos van a posicionar mejor en cuanto salarios, porque los municipales venimos muy retrasados” y advirtió que si bien existe “mucha vocación de diálogo, no vamos a conformarnos con poco”.
Consultado sobre este tema, el senador provincial, Daniel Barrera deslizó que “la ley no es sólo la paritaria, hay muchos otros puntos que tienen que ver con la modificación de un montón de cosas importantes. Como la regulación de la relación con el empleado y el empleador. Y avances que tienen que ver con las obligaciones, los derechos, con la familia y la cobertura social”.
En este punto, la ley se encarga de ampliar los derechos de los trabajadores otorgando garantía de estabilidad laboral y la posibilidad de negociar las paritarias. En el plano familiar se extienden las licencias por paternidad a 10 días y por adopción a 90 días, amplía a 135 días la licencia por maternidad y extiende los plazos de licencia por día de estudio y por enfermedad, entre las mejoras de otros derechos y garantías.
Por otra parte, Barrera admitió que la nueva posibilidad de discutir por medio del sistema de paritarias la negociación salarial “ofrece expectativas y genera mucha más atención”. Y deslizó que las negociaciones de recomposición salarial, “se realizarían antes de marzo”.
Respecto a la negativa que se conoció por parte de algunos intendentes que no estaban de acuerdo con la implementación de paritarias, analizó que “lo que sucedió es que (la aprobación de esta normativa) en la Cámara de Diputados tuvo un tratamiento muy rápido y nosotros en el Senado nos reunimos con intendentes y se le dio a la ley un trabajo legislativo que finalmente alcanzó para satisfacer a las partes”.
También remarcó que “no es que había una oposición por parte de los intendentes, estaban todos de acuerdo, la preocupación era que existía la posibilidad de que no todos los municipios puedan cumplir con los sueldos. Así como no es bueno tener municipios ricos y municipios pobres, tampoco está bueno tener trabajadores municipales pobres y ricos dependiendo de las posibilidades de ese municipio”.
“Luego de los encuentros, se logró alcanzar el tono de igualdad y hubo un compromiso de la Provincia y es de esta manera perfectamente aplicable”, prosiguió.
En referencia a las expectativas que existen en cuanto a la próxima negociación en el plano local, le quitó tenor al argumentar que “en el Distrito no necesitábamos el tema de la ley, ya que informalmente La Matanza siempre se destacó por tener una relación de consenso, por eso no nos trae ningún inconveniente”.
Algunos puntos
La norma fue celebrada por el objetivo de devolver el derecho de estabilidad en el empleo público con debido proceso en los sumarios; garantiza el salario mínimo, vital y móvil; y otorga negociación colectiva al sector. Además se establece que los municipios podrán tener hasta el 20 por ciento del personal en condición de temporario y otorga un plazo de cinco años a las comunas para adaptarse a la nueva normativa.
Mientras que la Provincia podrá auxiliar a los municipios que no puedan cubrir el salario mínimo, vital y móvil.
La ley determina que se podrá “constituir un Fondo Compensador Específico «integrado por recursos municipales y/o provinciales y/u otras fuentes», para financiar diferencias salariales que pudieran resultar de la nómina de personal existente al momento de entrada en vigencia de la presente ley y añade que «la diferencia resultante y los casos a financiar serán establecidos por el Poder Ejecutivo provincial a instancias de la información requerida a estos efectos».
A la vez, determina que el máximo de la jornada laboral será de ocho horas como máximo y de seis como mínimo, y establece que es de lunes a viernes, cuestión que la ley anterior no especificaba.
La ley también crea el Consejo Consultivo y asesor del empleo municipal de carácter no vinculante, que se reunirá obligatoriamente dos veces al año; la primera durante el primer trimestre de cada año y será aplicable a todas las municipalidades y sus empleados que lo requieran.
Determina que en la negociación municipal, la representación será ejercida por funcionarios designados por el Ejecutivo municipal, «no pudiendo ser superior a cinco miembros, siendo por lo menos uno de ellos de rango no inferior a secretario o equivalente».
La norma agrega que «la representación del Empleador ante el Consejo de Empleo Municipal se conformará con 11 representantes que designarán los intendentes municipales; a distribuirse: dos por la primera, tercera y quinta sección electoral, y uno por la segunda, cuarta, sexta, séptima y octava sección electoral».
«La integración del Consejo será facultativa para el Municipio y el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Trabajo como autoridad administrativa de aplicación, será la encargada de convocar y adoptar las acciones y medidas necesarias a efectos de la realización de las reuniones del Órgano Consultivo y Asesor».